Santo Domingo.– El Tribunal Constitucional (TC) estableció un importante precedente al frenar el bloqueo arbitrario de cuentas bancarias, al determinar que esta práctica vulnera derechos fundamentales cuando se realiza sin orden judicial ni el debido proceso.
Mediante su decisión, el alto tribunal reafirmó que la inmovilización de fondos solo puede ejecutarse dentro del marco legal correspondiente, respetando las garantías constitucionales de los ciudadanos, entre ellas el derecho a la propiedad, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva.
La sentencia precisa que ninguna entidad, pública o privada, puede restringir el acceso a recursos financieros de una persona sin una base legal clara y una resolución emitida por la autoridad competente. El TC subrayó que cualquier medida de este tipo debe estar debidamente motivada y sustentada en una investigación formal.
El fallo representa un avance significativo en materia de seguridad jurídica y protección del sistema financiero, al tiempo que envía un mensaje claro contra actuaciones discrecionales que afectan la estabilidad económica de individuos y empresas.
Juristas consultados consideran que esta decisión fortalece la confianza en el sistema bancario y obliga a las instituciones a actuar con mayor rigor legal, especialmente en procesos vinculados a investigaciones administrativas o penales.
Finalmente, el Tribunal reiteró que el respeto al Estado de derecho es esencial para preservar la credibilidad institucional y garantizar un clima de inversión sano y transparente.
